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martes, diciembre 10, 2024

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El Gobierno sube, por sorpresa y en plena campaña electoral, la cuantía de dietas por gastos de locomoción en el IRPF

Recién acabada la campaña del IRPF, el BOE ha publicado en su edición de hoy dos órdenes del Ministerio de Hacienda por las cuales se actualizan los importes a compensar por las empresas en concepto de gastos por kilometraje para los contribuyentes que utilizan sus vehículos particulares en el desempeño y desarrollo de su actividad laboral.

Así, según lo publicado en el BOE la cuantía de la indemnización a percibir por los trabajadores pasa de los hasta ahora reconocidos 0,19 euros a 0,26 euros por kilómetro, lo que significa un incremento de casi el 37%.

Las cuantías de lo que popularmente se conoce como el gasto por kilómetro realizado vienen a cubrir tanto los gastos por el combustible empleado como los relacionados con el desgaste al que se ha visto sometido el vehículo del trabajador en su uso a beneficio de la empresa, en el cual se contempla igualmente el coste de las posibles averías que surgieran durante el trayecto, que no el de los daños producidos en un hipotético accidente durante el mismo.

De igual modo, en la citada cantidad también se incluye de manera proporcional el pago anual tanto del seguro obligatorio del vehículo en cuestión como el de aquellos impuestos relacionados con el uso del vehículo que este debe soportar.

Pendiente de revisión desde 2005, el Gobierno de Sánchez ha decidido sin previo aviso y por sorpresa en esta recta final de la campaña electoral actualizar los gastos de desplazamiento de los funcionarios públicos acorde a los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica y eficiencia. La medida venía siendo especialmente demandada tanto por el personal de la Administración del Estado como por los trabajadores de empresas privadas dada la «insostenible situación» que se estaba viviendo.

Tal y como recoge el propio Ministerio de Hacienda en las órdenes dictadas, «la evolución económica e inflación desde la última actualización, agravada por la actual situación económica, motivan la necesidad de elevar el importe de la indemnización. El estallido de la invasión de Ucrania, una de cuyas consecuencias más graves ha sido un aumento muy significativo del coste de la vida, ha tenido especial impacto en el precio de los combustibles, que se incluye entre los elementos que sirven para el cálculo de la indemnización por uso de vehículo particular».

Por tanto, las razones para la subida eran obvias. Lo que cabría preguntarse es el por qué de la demora en la aplicación de las mismas e, igualmente, la razón de tan sorpresiva aplicación justo en medio de la campaña electoral, cuyo desarrollo no parece estar resultando tan favorecedor para el partido gobernante como cabría esperar.

Una medida tardía e insuficiente

Aun así y pese a la tardanza y el momento elegido, bienvenida sea la medida adoptada… aunque resulte insuficiente.

El Real Decreto 462/2002 de 24 de mayo determinaba que la cuantía establecida para indemnizar el uso del vehículo particular regulado en el artículo 18.1 del citado RD debería haber sido «revisada anualmente por la persona titular del Ministerio de Hacienda y Función Pública, o siempre que resultara necesario por la acentuada desviación de los importes reales respecto de la vigente en cada momento», pero lo cierto es que desde el año 2005 los importes no se habían actualizado, manteniéndose desde entonces en los 19 céntimos de euro por kilómetro establecidos hace nada menos que 18 años.  

Para reclamar estas cantidades, ya sea a la administración o a sus respectivas empresas, existen distintas vías en función del perfil profesional del trabajador. Así, los empleados públicos pueden percibir el abono de los gastos de kilometraje tras la presentación de las correspondientes facturas de kilometraje, peajes y aparcamientos correspondientes junto con una declaración justificativa del desplazamiento realizado. Cantidades que les serán reembolsadas tras la comprobación de la documentación presentada mediante el ingreso de la liquidación correspondiente en sus respectivas cuentas corrientes.

En cuanto al resto de contribuyentes que utilicen su vehículo particular para viajar en beneficio de la empresa, Hacienda permite excluir de la declaración del IRPF las exenciones a aplicar a razón de la cantidad resultante de multiplicar los 0,26 euros marcados en la orden ministerial por el número de kilómetros recorridos en el desplazamiento realizado. Para que dicho trámite sea aceptado en la declaración del IRPF, Hacienda exige que el contribuyente disponga de un documento que le permita justificar tal desplazamiento, pudiendo incluir tanto los gastos de peaje y aparcamiento que hayan sido necesarios abonar (cabría igualmente incluir el abono de un túnel de lavado del vehículo una vez finalizado el viaje), y siempre y cuando también estos gastos estén debidamente justificados.

Buena subida, pero claramente insuficiente

Aun así, y pese al 37% de incremento autorizado, la realidad es que los gastos por kilometraje siguen claramente por debajo del coste real del mismo. Baste recordar primero que las cantidades no se actualizaban (en contra de lo que establece el propio RD que lo regula) desde 2005 y en especial si consideramos los alarmantes incrementos experimentados en los costes de todas las partidas que se incluyen para el cálculo del coste por kilómetro (precio de los combustibles, seguro, costes de mantenimiento del vehículo, posibles averías, depreciación del vehículo por su uso, etc). Basta con tomar en consideración que simplemente los precios del combustible más que duplican hoy los que había en 2005, cuando se fijó la última cantidad en 0,19 euros.

Según estudios realizados por entidades como el Registro de Economistas de Asesores Fiscales (REAF), en un coche de gama media un litro de combustible permite recorrer una media aproximada de 13 km. Con los 0,19 euros que se pagaban hasta ahora apenas se cubrían los gastos por kilómetro, que se sitúan en unos 0,47 euros por kilómetro recorrido, cifra muy lejana todavía del nuevo baremo que el Gobierno acaba de autorizar.

Según el Ministerio de Hacienda, la medida «no tiene ningún carácter electoralista» ya que su actualización estaba incluida «entre los planes del Gobierno», tal y como se recoge en el Real Decreto de Medidas de Respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, donde el Ejecutivo incluyó expresamente una habilitación para que la ministra de Hacienda pudiera ejecutar la medida a través de órdenes ministeriales, tal y como acaba de suceder. Máxime cuando el propio Ministerio de Hacienda expresamente ya se había comprometido en la Mesa General de Negociación de la Administración General del Estado a la «actualización de los importes de los gastos de desplazamiento consecuencia de la actividad de prestación de servicios».

Para terminar, recordar que las cuantías establecidas en la orden ministerial son consideradas las mínimas indemnizatorias a los trabajadores por el uso de sus coches en misiones laborales al servicio de las empresas, es decir, los comités de empresa pueden pactar cantidades superiores en sus respectivos convenios laborales (tal y como viene sucediendo en muchas empresas).

Hasta la fecha, la mayoría (un 70% de las empresas) abonaba el kilómetro entre 0,20 y 0,30 euros, un 13% pagaba por encima de los 0,30 euros/kilómetro y tan sólo el 17% de las empresas pagaba cuantías iguales o inferiores a las cantidades expresadas por Hacienda, según un reciente estudio del especialista en control de gastos Tickelia.

Por último, recordar que las cifras de 0,26 euros/km que establece la orden de Hacienda se aplican a los vehículos de turismo, mientras que en el caso de las motocicletas la cuantía reconocida por Hacienda para indemnizar al trabajador por el uso de su vehículo particular en una misión laboral es de 0,106 euros/km recorrido.

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