11.1 C
Madrid
viernes, marzo 29, 2024

La web de flotas, renting y VO de la revista Renting Automoción

spot_img

El Gobierno obliga a los operadores de puntos de carga públicos a facilitar información actualizada de sus instalaciones

spot_img
spot_img

Operadores y gestores de puntos públicos de recarga para vehículos eléctricos deberán proporcionar información actualizada regularmente sobre las características de sus instalaciones, los precios de sus servicios y el estado de las mismas (si están activos o no, disponibilidad en tiempo real, etc) tanto al Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico como a los respectivos departamentos de las comunidades autónomas a partir del próximo 16 de mayo.

El objetivo de la orden que establece tal obligación es el de elaborar con la citada información un mapa web interactivo, similar al actual portal de geolocalización de gasolineras, que deberá estar disponible en línea para favorecer el acceso de manera gratuita a cualquier persona que pudiera precisar de tales contenidos para el uso de su vehículo eléctrico.

Datos fijos y dinámicos de actualización permanente

La nueva orden exige a los operadores de la red de infraestructura eléctrica para vehículos la remisión de dos tipos de datos de carácter público al MITECO y las CC.AA. De un lado, los meramente estadísticos (dirección de punto, horarios de disponibilidad de la infraestructura, disponibilidad de la misma, accesibilidad, potencia máxima, métodos de pago disponibles, tipo y modo de carga de cada conector…). Una vez comunicados todos estos datos, en caso de producirse cualquier alteración de los mismos, toda la información deberá ser actualizada por los operadores en un plazo máximo de una semana.

 

Por otro lado, se considera igualmente necesaria la aportación de una serie de datos dinámicos en referencia a la disponibilidad de uso de los puntos de carga existentes en la estación, el precio de venta de la electricidad que se suministra, del servicio de uso, etc.

Además, aquellos puntos de carga que igualen o superen los 43 kW de potencia estarán obligados a remitir toda esta información y deberán actualizarla de manera completamente automática siempre que se produzca cualquier modificación o alteración de la misma. Para los puntos de menor potencia a la citada, el envío y actualización de los datos que se solicitan para activar el nuevo geoportal informativo sobre puntos de recarga es completamente voluntario.

Con esta actuación conjunta, tanto desde el MITECO como desde las CC.AA. se espera lograr eliminar una de las actuales barreras para el desarrollo de la movilidad eléctrica en nuestro país, como es la falta de conocimiento por parte del consumidor de la localización y disponibilidad de los distintos puntos donde los conductores pueden recargar las baterías de sus vehículos eléctricos.

Exigencia de la Unión Europea

Con la puesta en marcha de la web del futuro geoportal y la publicidad que de la misma quiere realizar el MITECO para darla a conocer entre los usuarios de vehículos eléctricos, el Gobierno español quiere dar cumplimiento a una de las exigencias impuestas desde la UE con respecto a la implantación de la movilidad eléctrica en territorio europeo, así como facilitar el acceso de los consumidores y usuarios de estos vehículos a la información actualizada necesaria para planificar sus viajes por el territorio español.

Además, desde el MITECO se va a habilitar una aplicación y un procedimiento estándar que facilite la automatización del envío de los datos dinámicos de la manera más rápida posible mediante el uso de medios electrónicos, a fin de que el citado servicio cuente siempre con el mayor volumen de información actualizada posible en todo momento.

Desde la administración se estima que actualmente en España hay unos 35 operadores de puntos de recarga de acceso público en activo, así como otros tantos proveedores de servicios de movilidad eléctrica que proporcionarán información al Gobierno para publicarla en el geoportal de puntos de recarga. Los operadores dispondrán de un plazo de tres meses a partir de la publicación por el BOE de este nuevo procedimiento para remitir la información correspondiente.

Artículos reclacionados

spot_img
spot_img

Últimos artículos